De manera tal que, considera este Juzgador que en el presente caso, se han cumplido los extremos necesarios para que opere el decaimiento del objeto, pues, se constata de la información que cursa en autos, que la pretensión del ciudadano ALEXANDER JOSÉ LUNAR NARVAÉZ, fue satisfecha, tal y como lo expresó en su diligencia de fecha 17 de diciembre de 2013. Resultando forzoso para este Juzgador declarar como en efecto lo hará en el dispositivo del presente fallo EL DECAIMIENTO DEL OBJETO, y, en consecuencia la extinción del proceso en el RECURSO DE NULIDAD ejercido por la Sociedad Mercantil SIGO, S.A, contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, mediante el cual el ciudadano ALEXANDER JOSÉ LUNAR NARVAÉZ, actúa con el carácter de tercer interesado en la presente causa.