Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación de autos presentado por el ciudadano JOAQUIN JOSÉ MORENO, asistido por la Abogada RITA ELENA ROSALES AGUILAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.685, quien actúa en contra de la decisión N° 7C-1278-10, emitida en fecha cuatro (04) de Agosto del año 2010, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual se acordó negar la entrega del vehículo Marca: CHEVROLET Modelo: CHEVI II, Color: NARANJA, Serial de Carrocería: 11369BC102508, Serial de Motor: TO208CTK, Placas: BBM-368, Tipo: SEDAN, Uso: Transporte Público, al ciudadano JOAQUIN JOSÉ MORENO; todo de conformidad con lo dispuesto en el literal "b" del artículo 437 del Código Orgánico Pro.....