PRIMERO: SIN LUGAR la inhibición propuesta por la Dra. ROSARIO ALFONZO GONZALEZ, en su condición de Juez Segundo Ejecutor de los Municipios Mariño, Maneiro, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, el día 26.11.2010 en la comisión librada en fecha 18.11.2010 en el juicio que por INTERDICTO RESTITUTORIO sigue CORAL CARIBE INVERSIONES, C.A contra EGLE GREGORIA SEVILLANO LANDAEZ (Exp. N° 10.967-10 numeración particular de este Tribunal).
SEGUNDO: Se dispone en consecuencia, que la mencionada Jueza debe seguir conociendo de dicho asunto por no haber causa que se lo impida.
TERCERO: Se ordena expedir de inmediato dos (2) copia certificada de esta sentencia a los fines de que sea remitida con oficio, dentro de las 24 horas siguientes a esta fecha, exclusive, a la jueza inhibida y a la abogada MINERVA DOMINGUEZ en su condición de Jueza Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Tubores, Villalba y .....