declara INADMISIBLE POR CADUCA, la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana PETRA DOLORES MARCANO HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 3.826.721, asistida por las abogadas LAURYS SALAZAR VELÁSQUEZ y NIDIA DE JESÚS GÓMES DE CARABALLO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 127.332 Y 41.434, respectivamente, mediante el cual solicita que el Instituto de Capacitación y Educación Socialista (INCES) el pago de sus prestaciones sociales, la cancelación de los salarios caídos, intereses, indemnización por daño moral, lucro cesante, daño emergente, así como el beneficio de jubilación.