DECISIÓN
.Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado TONY RAFAEL CEDEÑO, Defensor del imputado JUAN FRANCISCO BOLÍVAR, Ut Supra identificado, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en fecha quince (15) de mayo del año dos mil once (2011), mediante la cual se decretó Medida Judicial Privativa de Libertad; al haberse demostrado cumplido los requisitos establecidos en los artículos 250, y 251 parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión del Tribunal A quo, de fecha quince (15) de mayo del año dos mil once (2011). ASÍ SE DECLARA.
Notifíquese a las partes, de conformidad con el Artículo 175 único aparte del Có.....