Por los razonamientos y fundamentos antes expuestos, este Tribunal Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA MEDIDA DE SECUESTRO, solicitada por la parte actora sobre el Bien inmueble que se encuentra ubicado en el sector denominado Delicias Nuevas, calle Delicias Nuevas, casa S/N, en Jurisdicción del Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia; comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Propiedad que es o fue de Rafaela García.- SUR: Callejón San Antonio; ESTE: Parte del terreno vendido: y OESTE: Calle Delicias, y que pertenece a mi representada según documento Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Santa Rita, Cabimas y Simún Bolívar del Estado Zulia, de fecha 28 de Junio el año 2002, quedando Registrado bajo el Nº 44, Protocolo Primero, Tomo 6, Segundo Trimestre.-
A los fines de la ejecución de la presente medid.....