Seguidamente el tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado preventivamente el CIEN POR CIENTO (100%) de las cantidades de dinero que por concepto de PRESTACIONES SOCIALES Y FIDEICOMISO, le puedan corresponder al ciudadano JOSE GREGORIO CHIRINOS, como trabajador de la empresa CIMETAH, C.A CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS, para el momento del retiro del lugar de trabajo por la causa que fuere. Se le informa al notificado que una vez se haga efectiva la presente medida, que las cantidades de dinero a ser retenidas deberán ser remitidas en cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02, con sede en Cabimas, al expediente Nº 2U-6913-07, todo ello para garantizar las Pensiones futuras de Alimentos de las niñas GREYLETH PAOLA Y GREYSITH ALEJANDRA CHIRINOS ROJO. Igualmente s.....