En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Titulo Suficiente para asegurar su condición como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus ROSA AMELIA BOLIVAR DE ROJAS a los ciudadanos JESUS REINALDO ROJAS BOLIVAR, LEANDRO ANTONIO ROJAS BOLIVAR, GUSTAVO RAFAEL ROJAS BOLIVAR, LUIS CLEMENTE ROJAS BOLIVAR y MILAGROS EMPERATRIZ ROJAS BOLIVAR venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros.V-3.436.828, 4.115.770, 5.096.105, 4.120.710, 3891.223 respectivamente, de este domicilio, en su carácter de hijos de la finada.- Y vista la diligencia de fecha 13-10-10, el Tribunal acuerda de conformidad; en consecuencia se ordena expedir por Secretaría seis (6) juegos de copias certificadas de la presente solicitud, cinco (5) para la parte solicitante y una para el archivo de este Tribunal.---------------------------------------