Por los principios precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad conferida por la Ley, se pronuncia en los siguientes términos:
PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado CARLOS LUÍS MOYA, Defensor Público Quinto de este estado, en su condición de defensor del ciudadano JOEL JOSÉ CAMEJO MARÍN, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de este estado, en fecha tres (03) de agosto de 2009, en la cual acordó Medida Sustitutiva de Libertad consistente en presentaciones periódicas cada treinta (30) días por ante la Oficina del Alguacilazgo y no portar armas de fuego, todo de conformidad con el artículo 256, numerales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se CONFIRMA La decisión dictada en fecha tres (03) de agosto de 2009 por el Juzgado Segundo de Primera Inst.....