DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos y fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO, CONSTITUIDO EN FORMA MIXTA, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: por UNANIMIDAD ABSUELVE al acusado ELY JOHAN ARAUJO, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, de 27 años de edad, de profesión u oficio Vendedor de Comida Rápida, hija de Melquíades Araujo y Magali Pírela, residenciado en el barrio Bolívar, calle Arísmendi, casa N° 16, de la Ciudad de Cabimas del Estado Zulia, del delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, cometido en perjuicio del LORENZO MICHELL PARTIPILO BARRIOS; y se ordena su INMEDIATA LIBERTAD, la cual se hizo efectiva en la misma sala de audiencias, y en consecuencia el CESE DE CUALQUIER MEDIDA. Se exime del pago de las c.....