DECISION
Por todo lo antes expuesto de hecho y de derecho este Tribunal Quinto De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Zulia Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela y Por Autoridad De La Ley Acuerda, PRIMERO: DECLARA LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, Y SE CONDENA A imputado JHOAN GOMNZALEZ HERNANDEZ, LIRICE DEL CARMEN GONZALEZ HERNANDEZ Y YIMI SAUL GONZALEZ HERNANDEZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, las piedras de perija, del Estado Zulia, de 58 años de edad, fecha de nacimiento 09-05.1950, comerciante , Titular de la Cedula de Identidad N° V-4.531.872, hijo de Elita Melendez de Nava y Patricio Nava (df) residenciado en el Barrio Carabobo, Calle principal, casa N| 48 k9, del Municipiol San Francisco, del Estado Zulia, Teléfono N° 0414-0780390, A Cumplir una una pena a CUMPLIR DEFINITIVA DE OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias establecidas en los articulo 13 y 34 del código penal. Y se MANTI.....