En razón de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara de Zulia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: ACORDAR, la extensión del lapso de presentación de cada cuarenta y cinco (45) días, por cada sesenta (60) días, referente a la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el numeral 3° del artículo 256 del texto procesal adjetivo penal, a favor del imputado ciudadano JESUS ENRIQUE ZAMBRANO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.020.180, con fecha de nacimiento 27-08-1.977, de 29 años de edad, residenciado en la Urbanización Parque Chama, calle principal, casa s/n, El Vigía, Estado Mérida, todo de conformidad a la figura técnica procesal del examen y revisión de las medidas cautelares sustitutivas de libertad establecido en el artículo 264 del.....