PRIMERO: IMPROCEDENTE la defensa perentoria relacionada con la falta de interés de la empresa CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO GUAYAMURÍ, C.A. opuesta por el abogado EFRÉN GÓMEZ MEDINA en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA B E V, C.A.
SEGUNDO: PROCEDENTE la falta de cualidad pasiva opuesta por el apoderado judicial de la sociedad mercantil demandada en el presente juicio INMOBILIARIA B E V, C.A.
TERCERO: PROCEDENTE la defensa excepción de mérito planteada por la parte demandada relacionada con la reclamación de los daños y perjuicios así como morales por parte de los ciudadanos CRISANTO DEL JESÚS HERNÁNDEZ y SHIRLEY YAZMIL ARISMENDI ESTRELLA como personas naturales.
CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora por haber sido totalmente vencida en la presente causa.