III.- PARTE DISPOSITIVA.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos HERMAN SEGUNDO GARCIA TAPIA y MARIANGEL RINCON BENAVIDES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, portadores de las cedulas de identidad números V-20.686.931 y V-25.705.234, domiciliados en la ciudad y municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, teléfonos de contacto: 0412-9965792 y 0412-6572313; de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil Venezolano y acogiéndonos al criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha nueve (09) de octubre del año dos mil .....