PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento incoada por el ciudadano INVERSIONES INMOBILIARIAS TORNAR, C. A, en contra de INVERSIONES WOODY¿S PUB, C. A., ya identificadas.
SEGUNDO: CON LUGAR la Reconvención propuesta por INVERSIONES WOODY¿S, C.A., en contra de INVERSIONES INMOBILIARIAS TORNAR, C. A.
TERCERO: Se ordena a la empresa INVERSIONES INMOBILIARIAS TORNAR, C.A., el cumplimiento del contrato celebrado en fecha 28 de febrero de 1996, por ante la Notaría Pública de Porlamar, bajo el Nor.96, Tomo 26 y se abstenga de desplegar actuaciones que perturben el goce pacífico del inmueble.
CUARTO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a INVERSIONES INMOBILIARIAS TORNAR, C. A., por haber resultado totalmente vencida tanto en la demanda principal como por la reconvención.