PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de sentencia interpuesto por el ciudadano Libio Armando Daza Contreras, actuando en su carácter de defensor del acusado Argenis Eduardo Molina Molina. SEGUNDO: CONFIRMA la Sentencia N° 12-2012, dictada en fecha 12 de marzo de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, constituido de manera Unipersonal, mediante la cual, condenó al ciudadano Argenis Eduardo Molina Molina a cumplir la pena de veinte (20) años de prisión, más las accesorias de ley, contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de Abuso Sexual de Niño Continuado, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal, con relación al artículo 217 de la citada Ley Especial, en perjuicio del niño Jesús Eduardo Arias Moronta.