PRIMERO: INADMISIBLE LA SOLICITUD DE ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL CON NULIDAD (SIC) interpuesta por el abogado en RAFAEL ALBERTO CARRASQUERO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 14.735.613, inscrito en el Inpreabogado con el Nro, 122.421 y domiciliado en el Municipio Autónomo Falcón del Estado Falcón, actuando como apoderado judicial de los Ciudadanos, JOSE EVANGELISTA SANTOS, ROBERT EDGARDO SANTOS TORREALBA Y RICHARD MAURICIO DOS SANTOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nro. 14.742.981, 11.352.178 y 11.748.6488, respectivamente, los dos primeros de los nombrados de estado civil casado y el ultimo casado; contra acto administrativo contenido en la decisión dictada en sesión de Directorio Nro 207-08, de fecha 11 de septiembre de 2008, punto de cuenta Nro 150, por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, en el cual se ordeno "...REVOCAR LA CARTA AGRARIA otorgada a los Ciudadanos JOSE EVANGELISTA SANTOS, ROBERT EDGARDO.....