Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción propuesta por Daño Material y Lucro Cesante derivado de Accidente de Tránsito incoado por el ciudadano ALEXANDER VERA ESCOLA contra el ciudadano LOWEL LEWIS RAMÍREZ. En consecuencia, condena a la parte demandada para que pague a la parte actora las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.1.500.000,00) por concepto de Daños Materiales según se evidencia del Informe Pericial practicado por el experto HELVIS BARRETO, en el expediente N° 8422-02, de conformidad con lo previsto en el artículo 67, ordinal 3° de la derogada Ley de Tránsito Terrestre.
SEGUNDO: la cantidad de NOVECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 900.000,00) por concepto de lucro cesante......