: Impone al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA , la sanción de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, descrita en el articulo 624 de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes por el lapso de un año , consistentes en: 1) Estudiar y/o trabajar, debiendo consignar ante el Tribunal de Ejecución la respectiva constancia que así lo acredites el Tribunal de ejecución de la Sección Adolescentes. , cada tres meses Cítese al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificados en autos junto a su Defensa, para el día (05) de octubre de 2017, a las 10:00 horas de la mañana, a fin de imponerlo del presente auto. En cuanto los efectos del seguimiento y cumplimiento de la sanción se ordena al equipo multidisciplinario la elaboración del plan individual de conformidad con el articulo 633- A de la Ley Orgánica de Protección A Niños Niñas Y Adolescentes, por lo que en consecuencia deberá el adolescente sancionado comparecer para el día, (13) de agosto de 2017, a .....