DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado de Control Nº 11, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley: ACUERDA al ciudadano ALEJANDRO JOSE FRANCO DIAZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 20.851.382, la Suspensión Condicional del Proceso por el Lapso de un (1) Año, por el delito de ACTO CARNAL, previsto y sancionado en el articulo 378 del Código Penal y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el articulo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, debiendo cumplir con las siguientes condiciones:
- La de residir en un lugar determinado, razón por la cual no podrá cambiar de domicilio sin previa notificación al Tribunal y al delegado de prueba
- Permanecer en un trabajo estable.
- No verse involucrado en otro hecho delictivo ni reincidir en este.
- Realizar seis (6) trabajos comunitarios uno cada dos meses, es decir, seis (06) trabajos comu.....