DISPOSITIVA
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud de prescripción extraordinaria, por cuanto se verificó que ha transcurrido el tiempo necesario para que opere la misma por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, imputado al ciudadano: HECTOR RAFAEL LEAL RIERA, titular de la cedula de identidad N° 5.256.930 y en consecuencia se DECLARA la EXTINCION DE LA ACCION PENAL, como corolario se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del acusado HECTOR RAFAEL LEAL RIERA, titular de la cedula de identidad N° 5.256.930 por estar incurso en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujere.....