Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, en el Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) interpuesto por la Republica en contra de la contribuyente CAUCHOS SAN JACINTO, C.A., DECLARA:
1.- LA FALTA DE JURISDICCION en la presente causa, contentiva de Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) incoado por el abogado Carlos Velásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 46.555, domiciliado en el Municipio Maracaibo, actuando con el carácter de apoderado judicial sustituto del Procurador General de la República, contra la contribuyente Cauchos San Jacinto, C.A., inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nro. J-315757265, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 20 de diciembre de 1996, bajo el Nro. 28, Tomo 40-A, domiciliada en la Avenida 16 (Goajira), local Nro. 36-154, sector.....