Se declara TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana ANA RAMONA AROCHA DE PEREIRA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad Nro. V- 4.046.637, sobre los siguientes linderos terreno el cual mide seis (06) metros con cincuenta (50) centímetros de frente por treinta y tres (33) metros de fondos, ubicado en la Población de El Pilar (Los Robles), calle fraternidad del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, constituido por una edificación de dos plantas, conformada por paredes de bloques, piso de cerámica, techo de tabelones, puertas de madera y ventanas de vidrio, constante de cuatro (04) dormitorios, cuatro (04) baños, estar de comedor, cocina lavadero y pasillo, con un metraje tota de construcción de doscientos catorce con cincuenta metros cuadrados (214,50 m2), siendo sus linderos así: NORTE: Casa y terreno que es o fue de Antonio Rafael Mendoza; SUR: casa que es o fue de José Guerra Salcedo; ESTE: su frente calle fraternidad y OESTE: Terr.....