Revisadas las anteriores actuaciones, se observa que en fecha 15-07-10, se recibió en este Tribunal escrito de la Defensora Publica No. 02, quien manifiesta a este Tribunal entre otras cosas que la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, quien informo que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en la medicatura forense del Hospital Luis Ortega de Porlamar, se negaron a realizarle la experticia toxicológica en vivo, para determinar consumo de estupefacientes, por cuanto ellos informaron que dicho examen debe ser realizado por la Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, de Porlamar... por lo que solicita la Defensa se oficie a ese organismo, a los efectos que se sirvan practicar la referida experticia al adolescente, para poderlo ayudar a superar el problema de adicción que el mismo dice tener. En vista de lo solicitado este Tribunal Acuerda de conformidad por ser procedente, dicha solicitud y en consecuencia se Acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y .....