En virtud de las consideraciones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REDIME LA PENA a favor de LUIS SALVADOR MALAVÉ, titular de la cedula de identidad numero V-4.647.368, actualmente recluído en el internado Judicial de la Región Insular, por el tiempo de TRES (3) MESES, DIEZ (10) DIAS, Y ASI SE DECLARA.
Regístrese, Publíquese, Déjese copia y Líbrense los correspondientes Oficios. Cúmplase.