En mérito de las razones antes expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto por el ciudadano EDUIN PERERA CORONEL, asistido en este acto por la profesional del derecho YINNA CHÁVEZ, contra decisión N° 1C-845-09, de veintiocho (28) de Mayo del año 2009, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas; de conformidad con lo establecido en los artículos 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 1C-845-09, de fecha veintiocho (28) de Mayo del año 2009, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, en la cual se declaró sin lugar la solic.....