DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Constituido en forma Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA "CULPABLE" al ciudadano RENEY ANTONIO MAZA HERNÁNDEZ, quien dijo ser Venezolano, Natural de Maracaíbo, del Estado Zulia, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 25/11/1986, titular de la cédula de identidad No. 19.392.122, hijo de AIDI Hernández y Francisco Maza, Residenciado en el Barrio Modelo, calle 100, a dos cuadras del Abasto "Andaluz", Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por su participación, corno CÓMPLICE NO NECESARIO, en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, con alevosía y por motivos fútiles e innobles, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el numeral 3 del artículo 84 eiusdem, cometido en perjuicio del ciudadano quien en vida respondi.....