Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
¿ SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el Profesional del derecho ANGEL ORTEGA y ratificada por el Profesional del Derecho DAMASO MAVAREZ PIÑA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, de fecha 16 de febrero de 2009; en consecuencia:
1.- Queda de esta manera CONFIRMADA la decisión apelada.
2.- CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana ALINTA ROSA VILLASMIL DE RINCON en contra del Ciudadano SIEM CHUNG MING YANG.-
3.- RESCINDIDO en todas sus partes, el contrato de opción a compra venta autenticado por ante la Nota.....