en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio fundamentada en el supuesto del mutuo consentimiento establecido en la Sentencia N° 693 de fecha Dos (02) de Junio de 2015, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se establece el criterio interpretativo constitucional con carácter vinculante del artículo 185 del Código Civil Venezolano; presentada por los ciudadanos JONNY LENIN NORIEGA RODRÍGUEZ y YENNELYS DEL VALLE VÁSQUEZ BRITO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.675.356 y V-15.675.572, respectivamente, domiciliados, el primero en la Calle Principal de la Urbanización San Martín de Porres, Casa S/N, Las Casitas, Municipio Arismendi del estado Bolivariano de Nueva Esparta, y la segunda en la Calle Principal de El Guayabal, Casa S/N, Municipio Arismendi de éste estado. SEGUNDO: DISUELTO, el vínculo matrimonial q.....