Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: Mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada al ciudadano RUBEN DARIO MORILLO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 17-01-1990, titular de la cédula de identidad N° V-22..063.186, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de Ana Lucila Morillo (d) y de Manuel Darío Hernández, residenciado en el barrio Indio Mara, calle 26, avenida 30, diagonal a un depósito de licores, casa Victoria, casa s/n, Maracaibo, Estado Zulia, teléfono 0426 4600970, en fecha 10 de junio de 2010, bajo decisión Nº 0559-2010, por la presunta comisión del delito.....