Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la motiva de esta decisión, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción que por COBRO DE BOLÍVARES (Vía Ejecutiva) incoara la ciudadana JANET COROMOTO RUBIO FERRER contra los ciudadanos ABDIEL ALEXANDER TORO ZABALA y MARIELEN DE LOS ANGELES CARRIZO URDANETA y, en consecuencia, se ordena a la parte demandada pagar a la parte demandante lo siguiente:
A.- La cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 25.000,00), por concepto del monto adeudado y objeto del préstamo objeto de esta demanda.
B.- La suma de SIETE MIL BOLÍVARES (Bs. 7.000,00), por concepto de intereses de mora convencional reclamados por la actora.
SEGUNDO: Ahora bien, en consideración que la demanda fue admit.....