PRIMERO: SE HOMOLOGA el acuerdo transaccional celebrado entre la parte demandante ciudadano RAMÓN ANTONIO GONZÁLEZ RINCÓN, Y LA EMPRESA TRANSPORTE Y COMUNICACIONES BANVENEZ, C.A., "TRANSCOMBAN"; todos plenamente identificados en las actas procesales, por concepto de prestaciones sociales y demás conceptos de índole laboral por la cantidad de SIETE MIL BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 7.000,00).
SEGUNDO: Se deja constancia que en lo sucesivo la reclamación del presenta asunto se suscribirá solo en relación a la enfermedad ocupacional.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del fallo.