PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Se declara incompetente para conocer la acción de amparo constitucional presentada por la ciudadana Doris Marisol Hernández, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 8.703.209, domiciliada en el municipio Lagunillas del estado Zulia, actuando en representación de sus hijas Yesica Andreina y Josselin Paola Celis Hernández, de trece (13) y ocho (8) años de edad, respectivamente. Así se decide.-
Declara competente para conocer la presente acción de amparo constitucional, al Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en el Municipio Cabimas del Estado Zulia. Así se decide.....