este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil, ORDENA RECTIFICAR la Partida de Nacimiento de los niños Identidad omitida en concordancia con el articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente, en cuanto a los apellidos del padre como "PELLINI", Partida ésta asentada la primera en la Jefatura Civil de la Parroquia José Gregorio Bastidas del Municipio Palavecino del Estado Lara, bajo el acta Nº 887, folio 442 fte., del libro de Nacimientos llevado por ese Despacho en el año 2000, y el segundo en la Prefectura del Municipio Palavecino del Estado Lara, bajo el acta Nº 1649, del libro de Nacimientos llevado por ese Despacho en el año 2004. Rectifíquese la Partida de Nacimiento.