Een nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos LUIS ENRIQUE ROMERO MARCANO Y ERIKA YUDITH MILLAN DUBEN, ya identificados, con fundamento en el artículo 185 "A" del Código Civil.
SEGUNDO: DISUELTO, el vinculo Matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 15 de Enero de 1994, ante el Municipio Foráneo Francisco Fajardo del Estado Nueva Esparta, hoy Municipio García del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, según consta de Acta N° 08 del libro de Registro de Matrimonios, todo conforme con lo previsto en el artículo 185- "A" del Código Civil.-