Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, propuesta por los ciudadanos YAMELYS MIREYA CAMARGO BERMUDEZ y DUILIO JESUS CASTILLO HIDALGO, ambos ya identificados. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha diecisiete (17) de octubre de 1.986, por ante el Prefecto y Secretario del Municipio Chiquinquirá, Distrito Maracaibo hoy Parroquia Chiquinquirá, Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, anotada bajo el Acta N° 718, inserta en el Libro de Registro Civil para Matrimonios que llevó dicha oficina durante el año 1.986.
El Tribunal deja expresa constancia el hecho manifestado por los solicitantes, que no procrearon hijos, y no adquirieron bie.....