PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros
conceptos Laborales interpuesto por los ciudadanos CHARLES MARIÑEZ Y FRANCISCO GARCÍA, en contra de las empresas ASOCIACIÓN COOPERATIVA MI CASA 350, RS Y SOLIDARIAMENTE CORPORACIÓN NACIONAL DEL ACERO (CORPOACERO), por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos Laborales.
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales a los ciudadanos CHARLES MARIÑEZ Y FRANCISCO GARCÍA por la cantidad de de VEINTIUN MIL CUARENTA Y SEIS BOLÍVARES FUERTES CON SEIS CENTIMOS DE BOLÍVAR (Bs. F 21.046,6), para cada uno de los dem.....