Por los fundamentos de hechos y de derechos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSDA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante GEOVANNY ORLANDO MORALES ARENAS, quien en vida fuera venezolano mayor de edad, titular de las cedula 7.791.856, los ciudadanos MARIA ELVELIN PEREZ RODRIGUEZ y JOHANDRY JOSE MORALES BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: V-12.620.212, V-17.912.943 y respectivamente, domiciliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, respectivamente, dejando a salvos los derechos de terceros, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvanse las actuaciones en original a la parte solicitante. No hay condena.....