Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Privada Leslis Moronta López, en su carácter de defensora del ciudadano Luis Hernando Ortiz. SEGUNDO: Se ANULA las actuaciones practicadas en la presente causa, desde el acto de acusación hasta la Sentencia recurrida ambos inclusive, manteniéndose vigente el acto de presentación de imputados de fecha 23/02/08 por el delito de Robo Agravado. TERCERO: SE ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado en que el Ministerio Público realice el acto de imputación formal respecto al delito de Asociación para Delinquir, con todas las garantías de la Ley; advirtiéndose a la representación fiscal que di.....