Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Defensor Privado, JESUS IGNACIO QUIJADA RINCON, actuando como Abogado de confianza del Ciudadano CARLOS ENRIQUE ASCANIO RINCON; en contra de la Decisión de fecha 14-10-2014, publicado el texto in extenso en la misma fecha, bajo Resolución No. 2248-2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
SEGUNDO: ADMISIBLE el escrito de contestación a la apelación, interpuesto en fecha 29-10-2014, por la Profesional del derecho J.....