¿ CON LUGAR, la actividad recursiva ejercida por el profesional del derecho OBET PÉREZ, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano WILLIAM CALEB PÉREZ LUZARDO, identificados en actas, contra la sentencia dictada por el Juzgado del Municipios Lagunillas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Ciudad Ojeda, en fecha 10 de diciembre de 2009.
¿ REVOCADO, en todas sus partes el fallo recurrido,
¿ ORDENA al Juzgado del conocimiento de la causa la continuación del procedimiento de tacha en el estado que se encontraba para la oportunidad de dictarse el fallo revocado.
No se hace pronunciamiento en Costas Procesales en virtud de lo decidido.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Ju.....