EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: DECRETA EL ARCHIVO de las actuaciones. ORDENA EL CESE de la Medida Cautela impuesta al ciudadano PABLO JOSE MAGO AVILA, titular de la Cédula de identidad N° 12.676.245, así como el cese de la CONDICION DE IMPUTADO, de dicho ciudadano. Ofíciese lo conducente a la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Notifíquense a las partes y una vez que conste en autos las notificaciones recibidas, se ordena la remisión de la presente causa a la Oficina del Archivo Judicial, a los fines de su custodia. CUMPLASE.