este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano JAN CARLOS CODRINGTON LÓPEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro 15.355.973 en contra de la entidad de trabajo CIUDAD MARGARITA C.A.
SEGUNDO: Se condena a la entidad de trabajo CIUDAD MARGARITA C.A. a cancelarle al ciudadano JAN CARLOS CODRINGTON LÓPEZ, por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES la cantidad de BOLÍVARES VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 27.473,42) por los conceptos y montos establecidos en la motiva de la presente decisión.
TERCERO: Se ordena la cancelación intereses moratorios e indexación, sobre la cantidad condena a pagar la cantidad de BOLÍVA.....