Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante CELINIA MARITZA GARCIA DE DOMINGUEZ, al ciudadano DAVID SEGUNDO DOMINGUEZ MEDINA, en su condición de Cónyuge, y a la ciudadana ANGELA MARIA DOMINGUEZ GARCIA, en su condición de Hija, antes identificados. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Se ordena devolver las presentes actuaciones en original y expedir las copias certificadas solicitadas.