DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana IVONNE BEATRIZ EVERON DE PETTA en contra del ESTADO ZULIA por órgano de la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO ZULIA y se ordena el pago de la cantidad de QUINCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES CON 24/100 (Bs.F.15.374,24) por concepto de prestaciones sociales establecidas en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo y la Cláusula 36 de la Convención Colectiva, más los intereses sobre prestaciones sociales y los intereses de mora determinados mediante experticia complementaria del fallo efectuada por el experto contable que a tales fines designe éste Tribunal si las partes no pudieren hacerlo. Por último, se acuerda la corrección monetaria de las cantidades condenadas a pagar me.....