DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de JUBILACIÓN Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoado por el ciudadano DONALD GUERRERO contra de la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA ENERGÍA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (ENELVEN), ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales. En consecuencia, declara:
SEGUNDO: Se otorga el beneficio de jubilación al ciudadano DONALD GUERRERO.
TERCERO: Como consecuencia de lo anterior, se fija como pensión de jubilación la cantidad de la cantidad de UN MILLÓN SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 1.068.455,55) o lo que es lo mismo U.....