Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente en contra de la sentencia de fecha 14 de Diciembre de 2007, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por la ciudadana YULEXIS GONZÁLEZ en contra de CENTRO CLINICO LA SAGRADA FAMILIA Y SALUD VITAL C.A.
TERCERO: Se anula el fallo apelado.
CUARTO: No se condena en costas a la parte demandada recurrente.