declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO propuesta por la ciudadana KELLY MARÍA TORRES MARTÍNEZ, en consecuencia, se ordena la rectificación del acta signada con el número 32, levantada por la Jefatura Civil de la Parroquia Antonio Borjas Romero del Municipio Maracaibo del Estado Zulia el día trece (13) de febrero del dos mil cuatro (2004), correspondiente a la ciudadana KELLY MARÍA TORRES MARTÍNEZ, insertándose la siguiente mención: "que la niña que presenta nació mediante parto extrahospitalario en la Granja La Taparita, ubicado a 2 kilómetros del Barrio Ciudad Perdida de la Parroquia San Isidro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia", quedando de esta forma corregida la omisión antes mencionada.
Particípese del presente fallo al Registro Principal del Estado Zulia y al Registro Civil de la Parroquia Antonio Borjas Romero del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a los fines de que realicen la inscripción a que se refiere el artículo 502 del Códig.....