Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Se ordena la reposición de la causa al estado de la apertura de la incidencia de tacha de documento privado incoada en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano ALVENIS JOSUÉ SARMIENTO CARRASQUERO contra la sociedad mercantil ATLANTIC MARINE, CA, ambas plenamente identificadas en el proceso.
No hay condenatoria en costas procesales a las partes dada la naturaleza del fallo.