En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por incoada por los ciudadanos ISMAEL VICTORIO CUELLO y SUSANA MEDINA SALAS, argentino y venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. E.- 84.384.537 y V.- 11.680.037 respectivamente, asistidos del abogado en ejercicio STEFANO D AZZO MANISCALCO, inpreabogado número 53.739, mediante la cual solicitan se declare el Divorcio conforme al articulo 185 A del Código Civil, alegando para ello, la ruptura prolongada de su vida en común; y como consecuencia de ello, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIA, contraído en fecha 17.07.2002 ante el Juez del Juzgado Duodécimo de Municipio .....